¿Se puede patentar software? Guía práctica para founders y equipos de producto
Últimamente me he enfocado en mi carrera de consultor en Innovación, para lo que ser ex CTO en startups y corporativos me ayuda mucho. Y desde que estoy en este medio me topo con la misma escena una y otra vez. Empresa seria, un buen producto y un equipo cansado. Entra un abogado de corbata impecable y habla de la importancia y urgencia de ir a INDAUTOR para “proteger el software”. Acá el único que gana, es... el vendedor de corbatas. Porque registrar el código como obra literaria no sirve de mucho para blindar el valor de las ideas y las noches y desveladas invertidas en inventar una funcionalidad o proceso novedoso que sea parte del éxito del negocio. En pocas palabras: estás perdiendo el tiempo y solo estás pagando por un sello que no resuelve nada. El código se registra y la invención se patenta. Son ligas distintas.
Nota importante: Esto no es asesoría legal. Las reglas varían por país. Úsalo para orientar tu estrategia y habla con el agente de patentes al que más confianza le tengas.
Lo que nadie te va a decir (Bueno, yo sí)
Si tu diferenciador es técnico y medible, patenta el proceso. Si lo único que haces es registrar el texto del código, tendrás un comprobante útil contra copia literal, pero no evitarás que un tercero lo refactorice y cambie los colores y el logo de la UI y, vuala, su software es totalmente diferente, al menos ante INDAUTOR. Podríamos decir que registrar la autoría del código es como el video que alguien grabó cuando naciste y el registro de la idea en el IMPI (o similares según tu país) es el acta de nacimiento.
Lo que sí y lo que no se protege
- Patente de invención: protege un método técnico implementado por computadora que resuelve un problema técnico y produce un efecto técnico. No protege el texto del código.
- Modelo de utilidad: protege mejoras de forma o estructura de objetos físicos. En software casi nunca aplica porque el software es intangible.
- Diseño industrial: protege la apariencia estética. En software, la GUI: íconos, pantallas, disposición visual.
- Derechos de autor en México (INDAUTOR): protegen la expresión del código tal como fue escrito. No cubren ideas, funcionalidades ni algoritmos.
Patentes de invención en software
Objeto
Protegen la invención implementada por computadora, es decir, el mecanismo técnico que ejecuta la máquina para resolver un problema. No importa el lenguaje ni el repositorio. Importa el "cómo" técnico.
Requisitos
- Novedad.
- Actividad inventiva.
- Aplicación industrial.
- Efecto técnico demostrable en la máquina o en un proceso industrial. Resolver solo un asunto matemático o de negocio no basta.
Ejemplos que suelen calificar
- Algoritmo que optimiza consumo de energía con impacto comprobable en ciclos y periféricos.
- Método de compresión con mejor ratio a igual o menor complejidad temporal y espacial.
- Sistema que eleva seguridad transaccional con arquitectura técnica concreta y medible.
Lo que rara vez califica
- Idea de negocio sin mecanismo técnico.
- Algoritmo puramente matemático sin efecto técnico.
- Solo describir una interfaz agradable sin aporte técnico real.
Modelos de utilidad en software
Objeto
Forma o disposición de un objeto físico. El software no es objeto físico. Por eso casi nunca aplica.
Excepción
Dispositivo físico cuya estructura es novedosa y el software solo habilita su función. Ahí se evalúa el dispositivo, no el código.
Diseños industriales en software
Objeto
Apariencia estética. En software, la GUI.
Requisitos
Novedad y carácter individual con impresión global distinta.
Ejemplos
- Conjunto de íconos distintivos.
- Disposición visual singular de menús y componentes.
- Interfaz gráfica de un sistema operativo con elementos reconocibles.
Derechos de autor en México: INDAUTOR
En México, la Ley Federal del Derecho de Autor protege los programas de cómputo como obras literarias. Lo que se registra es el código fuente como “expresión original de un conjunto de instrucciones”.
¿Qué protege?
La expresión del código: sintaxis, estructura, organización, el texto como tal.
¿Qué no protege?
La idea, la funcionalidad, el método de operación y el algoritmo subyacente. Esos elementos son abstractos y no entran por derecho de autor.
Valor del registro
La protección existe desde la creación, pero el certificado de INDAUTOR acredita fecha y autoría. Es prueba clave en disputas por copia literal.
Refactorización: la gran grieta
Si un tercero reescribe tu software en otro lenguaje, cambia nombres y organización, y mantiene la misma funcionalidad, puede eludir la infracción. No copió tu expresión aunque reproduzca tu idea. Por eso, derecho de autor sirve, pero no basta. Complementa con patentes, secreto industrial y contratos.
Patentes en México: IMPI
Para blindar funcionalidad o algoritmos innovadores, la vía es la patente ante el IMPI. En México, los programas de cómputo per se no son patentables. Sí lo es la invención implementada por computadora: o sea un proceso técnico que produzca un efecto tangible.
Traducción a estrategia
- INDAUTOR protege el texto.
- IMPI protege el método técnico.
- Diseño industrial protege la apariencia de la GUI.
- Modelo de utilidad solo con hardware y forma novedosa.
Marco rápido de decisión
- ¿Hay avance técnico medible? Patente de invención.
- ¿El valor está en la estética de la interfaz? Diseño industrial.
- ¿Necesitas frenar copia literal del código? INDAUTOR.
- ¿Los ingenieros de software son poetas? INDAUTOR.
- ¿Existen parámetros, heurísticas o secretos operativos? Secreto industrial y controles de acceso.
- ¿Hay estructura física nueva? Modelo de utilidad o patente del dispositivo.
Checklist antes de ver al agente de patentes
(O al vendedor de Corbatas)
- Problema técnico con métricas.
- Mecanismo técnico paso a paso y por qué no es obvio.
- Evidencia: prototipos, benchmarks, perfiles, pruebas A B.
- Alcance claro y variantes de implementación.
- Búsqueda inicial de estado del arte.
- En paralelo, registro en INDAUTOR del código y gobierno de secreto industrial.
Errores que son una pérdida de dinero
- Divulgar detalles críticos antes de presentar la patente.
- Creer que el certificado de INDAUTOR protege la funcionalidad.
- Redactar la invención como promesa de negocio y no como mecanismo técnico.
- No alinear protección legal con pricing, go to market y roadmap.
- Delegar estrategia de propiedad intelectual sin mapear primero el diferenciador técnico del producto.
Comparativa rápida en México
|
Figura |
¿Qué protege? |
¿Qué no protege? |
Dónde tramitar |
|---|---|---|---|
|
Patente de invención |
Método o proceso técnico con efecto técnico |
Código literal, ideas de negocio, matemáticas |
IMPI |
|
Modelo de utilidad |
Forma o disposición de un objeto físico |
Software intangible |
IMPI |
|
Diseño industrial |
Apariencia estética de la GUI |
Funcionalidad |
IMPI |
|
Derecho de autor |
Expresión del código texto, estructura, sintaxis |
Idea, funcionalidad, algoritmo subyacente |
INDAUTOR |
Conclusión
Si tu crees que mandar corriendo a tu abogado a registrar el código en INDAUTOR va a blindar tu innovación, sólo le estás patrocinando las corbatas a tu abogado. Eso sólo sirve para frenar copias literales o para litigar plagios obvios. No impide que otro ejecute tu misma idea con otro código. Si tu ventaja es técnica, protege el proceso y no te conformes con tu ticket de compra del OXXO. Propiedad intelectual no es un simple trámite. Es una arquitectura de defensa al servicio de la estrategia de producto y del negocio.
Disclosures
- Patentar implica mucho más tiempo, dinero y esfuerzo que registar el código ante INDAUTOR
- No dejes de patentar tus marcas y logotipos (Con todo y su manual de identidad)
- Es mejor firmar un buen contrato con un NDA incluído con tus proveedores, clientes, socios y empleados en lo que terminas el proceso de registro ante IMPI
- Registar el código en INDAUTOR es muy simple y no está de más. Ve tú, puedes mandar a tu sobrino con un usb, llena un formato y paga unos cuantos pesos de derechos y ya